La eliminación de la Tercerización y la Intermediación Laboral, como fruto de la lucha de la FENACLE y los trabajador@s ecuatorianos.
La hacienda Álamos y su propietario, responde con el despido masivo de los trabajadores@s, estos son desalojados brutalmente a punta de balas, golpes y amenazas de muerte, por cerca de doscientos sicarios, dejando un total de 19 heridos, incluido un policía; dos de los cuales resultan gravemente heridos, MAURO ROMERO, a quien deben apuntarle unas de sus piernas y Antonio Bernabé, quien recibe proyectiles en su estomago. Otros reciben atención urgente por proyectiles en sus rostros. Al frente de esta lucha esta la Federación Nacional de Trabajadores Agroindustriales Campesinos e Indígenas Libres del Ecuador, FENACLE, liderada por el hoy, Asambleísta Guillermo Touma Gonzalez, su presidente.

Mauro Romero, luego de la intervención quirúrgica en la que tuvieron que amputarle una pierna para salvarle la vida
Antonio Bernabé, convaleciendo de su herida de bala en el estómago

GUILLERMO TOUMA GONZALEZ EN LA ENTRADA DE LA HDA. ALAMOS
FENACLE, denuncia el criminal desalojo, pero la prensa nacional no recoge las denuncias. La solidaridad sindical internacional en Estados Unidos y Europa, acoge los llamados de FENACLE, la AFL-CIO,ACILS, BANANA LINK, la FEDERACION SINDICAL UNITARIA DE DINAMARCA 3F, SINDICATOS BRITANICOS, Y ORGANISMOS SOLIDARIOS COMO BANAFAIR, LA RED EUROPEA DE ACCION EN BANANO, US LEAP, se hacen presente contra la acción criminal de BONITA BANANA.
Una Comisión de Alto Nivel del Ministerio de Trabajo y Gobierno se conforma para investigar los hechos de Álamos, esta determina que en la hacienda existían más de 17 empresas tercerizadoras ilegales, es decir sin personería jurídica ni autorización para tercerizar trabajadores. Posteriormente los trabajadores se declaran en huelga de hambre, en los bajos de la Subsecretaria de Trabajo del Litoral, logran algunos ser reintegrados y se conforman los sindicatos de las tercerizadoras NENROP, CLIADI y BEDUCOR, las únicas realmente legalizadas en la hacienda de Álvaro Noboa.
En ese mismo año posterior a las actas transaccionales los trabajadores son despedidos otras ves en forma masiva, en noviembre 2002 y enero-febrero 2003.
NUESTRA LUCHA EN CONTRA DE LA TERCERIZACION
La FENACLE, a partir de entonces inicia una sistemática lucha contra la tercerización laboral; en junio del 2003, agosto 2004 moviliza a la ciudad de Quito en conjunto cerca de 2.800, trabajadores agrícolas bananeros de las provincias del Guayas, Los Ríos y El Oro, para exigir del Congreso Nacional legisle sobre la tercerización laboral y conjuntamente con la CEOSL proponen una Ley Regulatoria de esta actividad. La marcha se traslada igualmente a la Presidencia de la República y al Ministerio de Trabajo para demandar que estas instancias garanticen la vigencia de los derechos laborales y sindicales.
En agosto del 2004, en carta al Presidente de la República de ese entonces Lucio Gutiérrez, se le insistía en la necesidad de al menos regular esta practica empresarial de recurrir a la tercerización como forma de soslayar los derechos laborales y sindicales, abaratar costos vía precariedad salarial, inestabilidad laboral e inclusive de empresas seudo-jurídicas de intermediación laboral, vinculadas a la empresa principal, para imposibilitar reclamaciones laborales potenciales.
Nuevas movilizaciones lidera FENACLE en octubre del 2005 y mayo del 2006.
En la misma misiva, al ex-Presidente Gutiérrez se expresaba también algunos lineamientos de Regularización de la Tercerización Laboral indispensables y urgentes para la restitución de los derechos de los trabajadores. En definitiva la FENACLE, entre el 2000 y 2006, puso en primer plano la perversidad de un sistema de flexibilidad y desregulación laboral, lo que lleva a que posteriormente a fines del 2005, y en los primeros meses del 2006, la prensa nacional resalte en grandes titulares “Tercerización: Ilegalidad Campea- Informe oficial revela que 3800 empresas ilegales aplicaría sistema de rotación”.Diario Hoy-2 de enero-2006, Pág. 6ª.
FENACLE, desarrolla y delinea las primeras normas de regulación de la tercerización, reflexión que pasa por considerar que las denominas reformas laborales y antisindicales de fines de los años 80 y luego en los noventa ( incremento del número mínimo de trabajadores de 15 a 30 para constituir un sindicato, restricciones al derecho de huelga y de la huelga solidaria, opcionalidad y no obligatoriedad de la Contratación Colectiva, la contratación por hora, entre otras), expresaban, no solo la nuevas normas impuestas, sin resistencia sindical alguna, por parte de los empleadores, sino: la subyacente estrategia de la flexibilidad y desregulación laboral como marco de las relaciones obreros –patronales de la liberación de mercados y de la globalización en el Ecuador para aumentar las ganancias a costa de la pobreza y la falta de compromiso con sus empleadores, por parte de los trabajadores del pais.
En concreto la Tercerización Laboral, se impuso como: la principal estrategia de la patronal y el empresariado de sustentar la competitividad en el mercado global y a la vez de terminar de quebrar y desarticular el movimiento sindical del país, quien además no fue capaz de analizar críticamente los nuevos escenarios económicos y de las relaciones laborales y por lo tanto de articular nuevos discursos y propuestas, así como de renovación de practicas y transformaciones democráticas y hacia un liderazgo mas vinculado a la organización y no a salvadores mesiánicos y personalismos trasnochados.
El nefasto Reglamento de Gutiérrez de octubre 2004, pretendió dar legitimidad legal a la ilegalidad y la perversión de un sistema de relación laboral, que: lenta pero sistemáticamente se institucionalizo a lo largo de cerca de 30 años, y continua vigente, sobre la base de la indefensión de los trabajadores y la desarticulación del movimiento sindical.
Es en esta perspectiva, y como peldaño transitorio la Ley Reformatoria al Código de Trabajo, que regula la actividad de Intermediación Laboral y la de Tercerización de Servicios Complementarios, promulgada en el Registro Oficial No. 298 del 23 de junio del 2006, constituyo un avance y por que no decirlo un triunfo de la FENACLE, por que aún en sus limitaciones restituía un marco de derechos laborales y sindicales para cerca de un millón de trabajadores asalariados intermediados que en la vigencia de la ley de la selva y las fieras de los tercerizadores, eran presas fáciles de la vorágine patronal y que en la precariedad de su relación laboral han venido perdiendo la identidad para llamarse animismos “eventuales” sin mayor espíritu colectivo y conciencia de clase de trabajadores.
No es aventurado decir, que el logro de la ley de Intermediación Laboral y Tercerización de Servicios Complementarios, fue un punto de quiebre de la patronal y de la flexibilización y desregulación laboral, de su estrategia antisindical; que puede significar, una oportunidad de reconstituir y reposicionar el movimiento laboral y sindical, a nivel de las empresas sobre la base de sindicatos y la negociación colectiva por rama.
Hoy a casi seis años de la lucha laboral de Álamos, es posible y esta en camino el Mandato Constituyente, de eliminación de la tercerización laboral, actitud consecuente de los Asambleístas de Alianza País, que han recogido esta demanda y lucha que la iniciaron miles de asalariados agrícolas del banano, las flores y el corte de caña de azúcar liderados por la FENACLE, organización del sindicalismo agrario que vincula también a campesinos y a un importante grupo de indígenas, que hoy también a presentado nuevas propuestas de legislación laboral y sindical, pidiendo su constitucionalización, como la organización sindical y la contratación colectiva por rama, sobre la base del dialogo y la concertación social.
Los trabajadores esperamos que cumplan, la historia y la patria también.
APUNTES SOBRE LA TERCERIZACIÓN EN EL ECUADOR
En el Ecuador entre 800 mil y 1 millón y medio de trabajadores se encuentran bajo el esquema de intermediación laboral y/o tercerizacion. Muchas de las empresas tercerizadoras no están legalizadas y operan al margen de las regulaciones.
Esta modalidad facilita la explotación de la mano de obra, eliminando derechos laborales, atacando la estabilidad e impidiendo el derecho a la sindicalización.
Estos hombres y mujeres, viven con la amenaza de despido y son, en gran parte, subcontratados y rotados en su trabajo; o recontratados cada tres meses por cambio de razón social de la tercerizadora o, en otros casos, recontratados por otra tercerizadora para el mismo trabajo, cada tres meses.
De esta manera la tercerizacion sólo ha significado la creación de empleo precario y su práctica atenta contra la reactivación de la economía pues un trabajador tercerizado no tiene recursos para destinar a gastos de consumo, lo que resulta paradójico cuando las empresas públicas y privadas lo que quieren es aumentar sus ventas y coberturas de servicios. Para movilizar el consumo se debe tener estabilidad. Esta falta de estabilidad convierte a la Tercerizacion Laboral en parte del problema socio-económico del país y aporta a su empeoramiento.
La tercerizacion restringe derechos y garantías laborales y su implementación en el país ha significado la ruptura (en la práctica) de convenios internacionales y de las normas constitucionales que garantizan el derecho al trabajo. Es decir que su aplicación es inconstitucional y viola normativas internacionales.
CONOZCAMOS LOS VERDADEROS PROPÓSITOS DE LA TERCERIZACIÓN:
- Acentuar el modelo neoliberal
- Desnaturalizar la esencia de la relación obrero – patronal
- Organizar la producción para los fines empresariales de mayor producción, con menor inversión, principalmente en salarios
- Favorecer los propósitos económicos y tributarios de los empleadores
- Desregularizar la legislación laboral existente
- Incrementar la dispersión laboral
LA TERCERIZACIÓN SE LEGALIZA EN EL ECUADOR
En el año 2006, en el mes de junio, se aprobó una Ley reformatoria al Código de Trabajo, que regula la Intermediación laboral y Tercerizacion de servicios complementarios. A pesar de haber salido de un concenso esta Ley tuvo la resistencia del sector empresarial que amenazó con demandar su inconstitucionalidad.
PRINCIPALES ASPECTOS DE ESTA LEY
Consagra claramente la diferencia entre la intermediación laboral y la tercerización de servicios:
Intermediación laboral es la actividad que contrata trabajadores para que presten sus servicios a una usuaria.
Empresas de tercerización de servicios son aquellas que se encargan con su propio personal de actividades complementarias al proceso productivo, en cuyo caso la relación laboral se establece exclusivamente con la empresa tercerizadora.
Se establecieron además varios requisitos para el funcionamiento de las empresas, cuya autorización será concedida por el Ministerio de Trabajo.
Las tercerizadoras deben contar con capital social mínimo de 10 mil dólares.
Se prohíbe la vinculación entre la empresa usuaria y la intermediaria laboral, sancionándose a ésta con la cancelación de la autorización, y a la usuaria con multa de 10 mil dólares, en caso de darse este abuso.
La intermediación laboral solo podrá realizarse con empresas sujetas al control de la Superintendencia de Compañías, por tanto no podrán efectuarse con sociedades civiles, entidades unipersonales o compañías que no se someten a este control.
Se prohíbe la intermediación en caso de sustitución de trabajadores en huelga, para rotar entre compañías intermediarias.
Los trabajadores tercerizados tendrán derecho al fondo de reserva desde el primer día de contrato, que el empleador deberá remitir al Seguro Social, junto con las demás aportaciones mensuales.
LA TERCERIZACIÓN EN EL ECUADOR DEL SIGLO XXI
Una de las propuestas del gobierno de Rafael Correa fue el de acabar con el esquema de la Tercerizacion Laboral en el Ecuador, ya que el trabajo es un derecho a la vida y como tal no debe ser tratado como un objeto de mercado. De ahí que los asambleístas comprometidos con las luchas populares y sindicales tendrán un papel decisivo a la hora de tratar este tema en las reformas constitucionales y más aún en el trabajo de las leyes complementarias.
La Tercerizacion es consecuencia de la implementación del Neoliberalismo en el país a inicios de los años 90´s. Su eliminación implica la desaparición de prácticas inhumanas que han beneficiado al capital por encima del bienestar de los ciudadanos y ciudadanas pobres de este país.